Régimen de Tributación Simplificada (RTS)
Opciones de Régimen:
Las personas físicas y jurídicas pueden elegir entre el RTS y el régimen general. Si ya están inscritas en el simplificado, pueden cambiar al general al final de un trimestre.
Período de Impuestos:
Los impuestos de Renta e IVA se declaran trimestralmente:
Enero-febrero-marzo
Abril-mayo-junio
Julio-agosto-septiembre
Octubre-noviembre-diciembre
Plazo para Declarar y Pagar:
Las declaraciones (D-105) y pagos deben realizarse dentro de los primeros quince días naturales del trimestre siguiente, usando la herramienta ATV.
Cálculo de Impuestos:
Los contribuyentes calculan los impuestos multiplicando un factor específico por la sumatoria de todas las compras del trimestre y lo pagado por mano de obra.
Requisitos para Ingresar al RTS:
Las compras anuales no deben superar los 186 salarios base.
No más de cinco personas necesarias para las operaciones.
No más de un establecimiento abierto al público.
Valor de activos fijos no debe superar los 350 salarios base.
Liberación de la Obligación de Emitir Comprobantes:
No están obligados a emitir comprobantes autorizados, salvo que sean solicitados por los clientes. Pueden optar por emitir comprobantes electrónicos.